Las declaraciones que el ministro de Trabajo, Luis
Eduardo Garzón, realizó esta semana, en las que advertía que había recibido
cartas de varias empresas que contemplaban despidos masivos, que podrían
ascender a más de 8.400 trabajadores, fueron un duro despertar.
Lo dramático que ocurre con los despidos masivos es
que cualquier empleado puede quedar fuera de la empresa, no importa su edad o
tiempo en la compañía. Sin embargo, los menos propensos a ser despidos son los
trabajadores en condición de discapacidad, debido al fuero especial que rige en
torno a ellos. Por ley, si una compañía quiere romper relaciones laborales con
alguien en esta condición, tiene que radicar una solicitud de despido ante el
Ministerio de Trabajo, para que después un supervisor autorice o no. Una
obligación consagrada en la Ley 361 de 1997, llamada la “Ley Clopatofsky”.
La iniciativa busca que cuando exista justa
causa las empresas puedan despedir a este tipo de empleados sin necesidad de
radicar la solicitud ante el Ministerio de Trabajo, argumentando que la
legislación actual presenta un desincentivo a la contratación de estos
ciudadanos.
El artículo cuarto de este proyecto de ley tiene
tres puntos claves:“1. Ninguna persona con discapacidad podrá ser despedida o
su contrato terminado por razón de su limitación, salvo que medie autorización
de la oficina de Trabajo.2. Sin perjuicio de lo establecido en el numeral
anterior, no se requerirá de autorización por parte del Ministerio del Trabajo
cuando el trabajador con discapacidad incurra en alguna de las causales
establecidas en la ley como justas causas para dar por terminado el contrato.3.
Para la terminación del contrato del trabajador con discapacidad siempre se
garantizará el derecho al debido proceso, teniendo en todo momento en cuenta la
discapacidad del trabajador”.
Victor Alfonso Guzman Brand (1311970126)

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